SUBVENCIONES DESTINADAS A INCENTIVAR LA CONTRATACION INDEFINIDA - Las solicitudes deberán presentarse en el plazo máximo de un mes (máximo) desde la fecha de inicio del contrato, y HASTA EL 30 DE NOVIEMBRE 2018 (JUNTA DE CLM)
PROCEDIMIENTO: CONCESION DIRECTA DE SUBVENCIONES PARA INCENTIVAR LA CONTRATACION INDEFINIDA.
Plazo de resolución: DOS MESES DESDE LA SOLICITUD DE LA SUBVENCIÓN.
Efectos silencio: Desestimatorio
Objeto: Regular el procedimiento de concesión directa de subvenciones para el fomento de la contratación indefinida de personas inscritas como demandantes de empleo no ocupadas y para la transformación de contratos temporales en indefinidos.
Destinatarios: Empresas, ya sean personas físicas o jurídicas, las sociedades laborales o cooperativas, las comunidades de bienes, las sociedades civiles y las entidades sin ánimo de lucro, de carácter privado.
Requisitos: Aparte de los requisitos generales:
-Que el puesto de trabajo subvencionado, fruto de la contratación o transformación, se genere en el territorio de Castilla-La Mancha.
-No haber realizado extinciones de contratos de trabajo por causas objetivas o por despidos disciplinarios que hayan sido unas u otros declarados judicialmente o reconocidos por el empresario como improcedentes, así como no haber realizado despidos colectivos, suspensiones de contratos o reducciones de jornada en los supuestos contemplados por los artículos 51 y 47 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, en el plazo de los seis meses anteriores a la celebración del contrato por el que se solicita ayuda.
-Que la contratación indefinida por la que se solicita la subvención suponga un incremento neto del empleo fijo de la empresa con relación a la plantilla en los noventa días anteriores a la contratación, incluyendo únicamente bajas no voluntarias.
Importe:
a) Si la persona contratada es desempleada de larga duración:
1º 4.000 euros, cuando la persona contratada esté comprendida entre los 30 y los 44 años.
2º 5.300 euros, cuando la persona contratada sea menor o igual a 29 años, o esté comprendida entre los 45 y los 54 años.
3º 6.000 euros, cuando la persona contratada tenga 55 o más años.
b) Si la persona contratada es mayor de 45 años e inscrita como demandante de empleo, no ocupado, más de seis meses en los últimos 12 meses:
1º 3.500 euros, si es un hombre.
2º 4.000 euros, si es una mujer.
c) Transformación de contrato temporal en indefinido:
1º 2.000 euros, cuando la persona contratada sea un hombre.
2º 2.500 euros, cuando la persona contratada sea mujer.
Más 700 y 1.000 euros según circunstancias concurrentes (colectivos especiales)
Estas cuantías se incrementarán en un 20% si el municipio se encuentra en zona ITI (Cuenca entera es zona ITI)
Criterios: El sistema de concesión será por concesión directa, la instrucción la realizarán las Direcciones Provinciales de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo. Lo resolverá la Dirección General de Programas de Empleo, otorgándose según el orden de entrada de las solicitudes, siempre que se cumplan los requisitos establecidos y se acompañe la totalidad de la documentación exigida en cada tipo de ayuda, hasta agotar la disponibilidad presupuestaria que se publicará anualmente mediante resolución.
Documentación a aportar:
- Escritura pública de constitución y estatutos debidamente inscritos en el registro correspondiente, número de identificación fiscal y escritura de apoderamiento de la persona que actúa en nombre y representación de la persona jurídica.
- Si es persona física, documentación acreditativa del poder de su representante, en su caso.
- Autorización del trabajador, para cuya contratación se solicita la subvención, para comprobar sus datos laborales y académicos.
- Documentación acreditativa de que la persona contratada es una mujer víctima de violencia de género, en su caso.
- Documentación acreditativa de que la persona contratada se encuentre en situación de exclusión social, en su caso.
- Documentación acreditativa de que la persona contratada se procede de una empresa de inserción, en su caso.
Lugar de presentación:
Las solicitudes se dirigirán a la Dirección General de Programas de Empleo y se presentarán de forma telemática con firma electrónica, a través del formulario incluido en la sede electrónica de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha (https://www.jccm.es).
Información Adicional:
Contratos subvencionables:
-Que se formalicen con personas que en el momento de la contratación se encuentren inscritas como demandantes de empleo, no ocupadas, en las oficinas de empleo de Castilla-La Mancha y sean desempleadas de larga duración o personas mayores de 45 años. Se entiende como tales, aquellas personas que figuren inscritas como demandantes de empleo al menos, doce meses de duración en los últimos dieciocho meses. Las personas desempleadas deberán contar con la asignación por parte de las Oficinas de Empleo de Castilla-La Mancha de un técnico para la tutorización de su proceso de inserción profesional.
- Que la contratación sea a jornada completa. En contratos por tiempo indefinido fijos-discontinuos, la suma de la jornada en cómputo anual deberá ser igual o superior al 50% de la jornada ordinaria de la empresa.
Marco legal: DOCM: 11/07/18 Decreto 45/2018, de 3 de julio, por el que se regula la concesión directa de subvenciones para incentivar la contratación indefinida